Estatutos

Estatutos de la Cooperativa “ColeColmenar” del CEIP “Virgen de la Candelaria”
 de Colmenar (Málaga)
Artículo 1.- Nombre y ubicación
      La Cooperativa funcionará bajo el nombre jurídico de Cooperativa “ColeColmenar”, formada por 16 socios/as de 3ºB, 3 socias de 4ºB y  1 socia de 6ºA de Educación Primaria y estará ubicada en el CEIP “Virgen de la Candelaria” de Colmenar (Málaga).

Artículo 2.- Objeto Social.
      La Cooperativa se encargará de elaborar y vender materiales artesanos, fabricados por los propios socios/as de la Cooperativa. El tipo de artículos a realizar serán elegidos por votación en Asamblea.

Artículo 3.- Duración.
     La empresa se constituye y empieza su funcionamiento desde el mes de Octubre de 2015 hasta Junio de 2016.

Artículo 4.- Equipo Directivo.
Esta Cooperativa tendrá un Equipo Directivo que se reunirá periódicamente para revisarla y modificar lo que sea menester. Las funciones y miembros de éste son:
  • Presidente: (Representa y dirige la Cooperativa)
  • Vicepresidente: (Ayudará al Presidente en su tarea)
  • Secretarios: (Tomarán nota en las Asambleas y harán cuantos documentos sean necesarios)
  • Tesorera: (Llevarán las cuentas de la Cooperativa)
  • Consejeros/as: Francisca Silva (Tutora)

Artículo 5.- Capital.
El capital de inversión queda fijado en 100 euros, dividido en 20 participaciones de 5 € cada socio/a.

Artículo 6.- Cuentas.
El informe de las cuentas (ingresos y gastos) se presentará a todos los socios/as cada mes.

Artículo 7.- Recuperación de la inversión.
Una vez finalizadas las ventas, todos los socios/as podrán recuperar el capital invertido (5€) o dejarlos en depósito para el próximo curso. Este punto será decidido a final de curso en Asamblea.

Artículo 8.- Uso de los beneficios.
Si existieran beneficios se emplearán de la siguiente forma:
-       Libretas solidarias 100% de los beneficios a una causa solidaria del pueblo.
-       El resto de las ganancias se destinarán a la financiación de alguna actividad lúdico-recreativa o en compras de materiales de papelería,   en su momento se decidirá en Asamblea.

Artículo 9.- Otras disposiciones sobre derechos y deberes de los socios/as.
  • Todos los socios/as tienen derecho a ser escuchados/as en la toma de decisiones sobre la Empresa y a votar en ella.
  • Si un socio/a decidiera abandonar la Empresa de manera voluntaria sin causa justificada perderá la inversión que realizó al comienzo de su formación.
  • El Centro facilitará algún material a la Cooperativa, y los socios colaborarán con él en algunas tareas para compensar dicha prestación.
  • El socio/a que no colabore en la actividad de prestación con el Centro cuando se requiera al grupo, deberá hacerlo en solitario en el trabajo asignado.
  • Si un socio/a no contribuye con su trabajo y comportamiento en el grupo en la medida que se espera, podrá ser sancionado con un NEGATIVO, y si acumulara TRES NEGATIVOS, perdería la inversión realizada y su derecho a percibir beneficio alguno. Además, los socios/as podrían decidir su expulsión de la Cooperativa en Asamblea.
  • Se admitirán nuevos socios siempre que la asamblea lo apruebe.

Artículo 10.- Modificación de normas en la Cooperativa.
     Si durante la duración de la Cooperativa, algún socio/a quisiera quitar, cambiar o añadir algún artículo de estos Estatutos, deberá proponerlo a la Junta Directiva, la  cual lo tratará y aprobará por unanimidad en Asamblea, si así lo considerara.


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