Estatutos de la Cooperativa “ColeColmenar” del CEIP
“Virgen de la Candelaria”
de Colmenar
(Málaga)
Artículo 1.- Nombre y ubicación
La Cooperativa funcionará bajo el nombre
jurídico de Cooperativa “ColeColmenar”, formada por 16 socios/as de 3ºB, 3
socias de 4ºB y 1 socia de 6ºA de
Educación Primaria y estará ubicada en el CEIP “Virgen de la Candelaria” de
Colmenar (Málaga).
Artículo 2.- Objeto Social.
La Cooperativa se encargará de elaborar y
vender materiales artesanos, fabricados por los propios socios/as de la
Cooperativa. El tipo de artículos a realizar serán elegidos por votación en
Asamblea.
Artículo 3.- Duración.
La empresa se constituye y empieza su
funcionamiento desde el mes de Octubre de 2015 hasta Junio de 2016.
Artículo 4.- Equipo Directivo.
Esta
Cooperativa tendrá un Equipo Directivo que se reunirá periódicamente para
revisarla y modificar lo que sea menester. Las funciones y miembros de éste
son:
- Presidente:
(Representa y dirige la Cooperativa)
- Vicepresidente:
(Ayudará al Presidente en su tarea)
- Secretarios:
(Tomarán nota en las Asambleas y harán cuantos documentos sean necesarios)
- Tesorera:
(Llevarán las cuentas de la Cooperativa)
- Consejeros/as:
Francisca Silva (Tutora)
Artículo 5.- Capital.
El
capital de inversión queda fijado en 100 euros, dividido en 20 participaciones
de 5 € cada socio/a.
Artículo 6.- Cuentas.
El
informe de las cuentas (ingresos y gastos) se presentará a todos los socios/as
cada mes.
Artículo 7.- Recuperación de la
inversión.
Una
vez finalizadas las ventas, todos los socios/as podrán recuperar el capital
invertido (5€) o dejarlos en depósito para el próximo curso. Este punto será
decidido a final de curso en Asamblea.
Artículo 8.- Uso de los beneficios.
Si
existieran beneficios se emplearán de la siguiente forma:
-
Libretas
solidarias 100% de los beneficios a una causa solidaria del pueblo.
-
El resto de
las ganancias se destinarán a la financiación de alguna actividad
lúdico-recreativa o en compras de materiales de papelería, en su momento se decidirá en Asamblea.
Artículo 9.- Otras disposiciones
sobre derechos y deberes de los socios/as.
- Todos los
socios/as tienen derecho a ser escuchados/as en la toma de decisiones
sobre la Empresa y a votar en ella.
- Si un socio/a
decidiera abandonar la Empresa de manera voluntaria sin causa justificada
perderá la inversión que realizó al comienzo de su formación.
- El Centro
facilitará algún material a la Cooperativa, y los socios colaborarán con
él en algunas tareas para compensar dicha prestación.
- El socio/a que
no colabore en la actividad de prestación con el Centro cuando se requiera
al grupo, deberá hacerlo en solitario en el trabajo asignado.
- Si un socio/a no
contribuye con su trabajo y comportamiento en el grupo en la medida que se
espera, podrá ser sancionado con un NEGATIVO, y si acumulara TRES
NEGATIVOS, perdería la inversión realizada y su derecho a percibir
beneficio alguno. Además, los socios/as podrían decidir su expulsión de la
Cooperativa en Asamblea.
- Se admitirán
nuevos socios siempre que la asamblea lo apruebe.
Artículo 10.- Modificación de normas
en la Cooperativa.
Si durante la duración de la Cooperativa,
algún socio/a quisiera quitar, cambiar o añadir algún artículo de estos
Estatutos, deberá proponerlo a la Junta Directiva, la cual lo tratará y aprobará por unanimidad en
Asamblea, si así lo considerara.
No hay comentarios:
Publicar un comentario